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Inicio : Federalismo : Servidor público : Programas de apoyo - Federalismo : Catálogo de recursos y programas federales para el desarrollo local : Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales : Programa para el Desarrollo Forestal (PRODEFOR)

 
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Programa para el Desarrollo Forestal (PRODEFOR)
Reglas de operación (documento pdf)
Convocatoria (documento pdf)

Área responsable:
Dirección General del Programa para el Desarrollo Forestal (CONAFOR)
Funcionario responsable:
Ing. Leonel Iglesias Gutiérrez
Gerente de Desarrollo Forestal
Domicilio:
Av. Vallarta N°. 6503
Col. Ciudad Granjas, Plaza con Centro, Local B-12,
Zapopan, Jalisco
C.P. 45010
Teléfono:
01-33-31-10-22-90 y 01-33-31-10-11
Fecha de publicación de las Reglas de Operación:
Diario Oficial de la Federación del 26 de marzo de 2003, pagina 2, segunda sección.
Pagina de Internet:
www.conafor.gob.mx
www.semarnat.gob.mx


¿Quiénes son los beneficiarios del programa?

Los ejidos, comunidades y pequeños propietarios o poseedores de recursos forestales, así como las sociedades o asociaciones que éstos constituyan entre sí, para el aprovechamiento forestal sustentable, la transformación y/o la comercialización de materias primas y productos forestales maderables o no maderables

¿Qué categorías y subcategorías incluye el Programa de Desarrollo Forestal?

Categoría: Producción Forestal:
Subcategoría: Programas de Manejo Forestal
Subcategoría: Capacitación
Subcategoría: Asistencia Técnica
Subcategoría: Ejecución del Programa de Manejo Forestal
Subcategoría: Equipamiento al Silvicultor

Categoría: Productividad:
Subcategoría: Podas, preaclareos y aclareos
Subcategoría: Certificación del Manejo Forestal Sustentable
Subcategoría: Investigación Aplicada y transferencia de Tecnología

Categoría: Desarrollo de Cadenas Productivas Forestales
Subcategoría: Elaboración del Proyecto para Derribo, Troceo, Arrime y Carga de Materias Primas Forestales
Subcategoría: Ejecución del Proyecto para Derribo, Troceo, Arrime y Carga de Materias Primas Forestales
Subcategoría: Caminos Forestales
Subcategoría: Transformación Primaria para Agregar Valor a la Materia Prima Forestal Maderable y no Maderable
Subcategoría: Apoyo a la Comercialización: Apoyos destinados a estudios de mercado y relaciones de intercambio comercial

Categoría: Diversificación de Actividades Productivas:
Subcategoría: Estudios Técnicos para el Aprovechamiento de Recursos No Maderables
Subcategoría: Ecoturismo

¿Cuáles son los tipos de apoyo del programa?

Los programas susceptibles de ser apoyados vienen descritos en la Sección II de estas mismas Reglas de Operación; en el Anexo A, se encuentran los criterios y asignación de los recursos, así como la verificación de proyectos.

¿Cuáles son los criterios para acceder al programa?

Serán elegibles para acceder a los apoyos del PRODEFOR, sin distinción de género, raza, credo religioso, ni condición socioeconómica o cualesquier causa que implique discriminación: los ejidos, comunidades y pequeños propietarios, así como las sociedades o asociaciones que éstos constituyan entre sí, para el aprovechamiento forestal sustentable, la transformación y/o la comercialización de materias primas y productos forestales maderables o no maderables, que reúnan los requisitos siguientes:

Ser de nacionalidad mexicana;
Ser propietarios o poseedores de terrenos cubiertos por vegetación forestal;
Que el predio se registre en el Padrón de Predios del PRODEFOR, en los términos del artículo 39 de estas Reglas;
Que soliciten apoyos en los porcentajes establecidos para cada uno de los tipos de productor, de conformidad con lo señalado en el ANEXO A de estas Reglas de Operación;
Que presenten sus solicitudes debidamente integradas en los plazos, términos y condiciones que se establezca en la convocatoria nacional única que al efecto emita la CONAFOR y de conformidad con estas Reglas de Operación.
Que no sean sujetos de apoyos de otros programas de la Secretaría, de la CONAFOR o de otros programas federales que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos o subsidios conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
Que manifieste bajo protesta de decir verdad, no haber sido sancionado por autoridad judicial por actos constitutivos en delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, considerados como graves en términos de la legislación vigente.

Para que los beneficiarios de ejercicios anteriores, sean elegibles de apoyo en el presente ejercicio fiscal, deberán acreditar que cumplieron con las obligaciones a su cargo, mediante finiquito de ejecución de las subcategorías que les fueron autorizados.

Para el caso de las solicitudes que hayan sido aprobadas por el Comité Operativo en la última asignación del PRODEFOR, con calificación mínima equivalente al 70% respecto al puntaje máximo obtenido en el Estado de que se trate y que no hayan obtenido apoyos económicos en las subcategorías previstas para este ejercicio fiscal, por haberse agotado los recursos originalmente previstos, los Comités Operativos deberán, en primer término, asignar apoyos para su atención, siempre y cuando los beneficiarios presenten un comunicado en el que expresamente manifieste la ratificación de su solicitud, se adhiera a la observancia de las presentes Reglas de Operación y dé cumplimiento a lo establecido en la fracción III del artículo 11 del presente acuerdo.