Enciclopedia de los Municipios de México
Estado de San Luis Potosí

Gobierno


NÚMERO DE MUNICIPIOS

El estado de San Luis Potosí cuenta con 58 municipios.

CUADRO SINÓPTICO DE LA EVOLUCIÓN DE LA DIVISIÓN MUNICIPAL

En la nueva España el territorio potosino formaba parte de las audiencias de nueva Galicia y de México. En 1787 la nueva España fue dividida en 12 intendencias, situada una de ellas en San Luis Potosí, a las que pertenecían las provincias de Texas, Coahuila, el nuevo reino de León y el de Santander y los pueblos de la antigua alcaldía mayor. A principios de siglo XX, el estado se encontraba dividido en 13 partidos, cada partido estaba formado por varias municipalidades: 50 en total.

Una vez encausados los destinos de la nación por la vía del sistema federal republicano, parte de la intendencia de San Luis Potosí quedó constituida en el Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, quedando su territorio limitado en la forma y extensión que actualmente tiene.
 
Nombres con los que se Conoció 
Nombre Actual
Observaciones
1.- Ahualulco 
Ahualulco       
General Magdaleno Cedillo
En el año de 1932, se le cambió el nombre pero nadie atendió a este cambio y en la actualidad continúan llamándole, por su anterior denominación de Alaquines 
3.- Misión de San Miguel de Aquismón 
Aquismón        
4.- Valle de Santa Isabel de Armadillo Villa Morelos.
Armadillo de los Infante         
5.- Aztla 
Villa Alfredo M. Terrazas
En el año de 1932, se le cambió el nombre, pero nadie atendió a este cambio y en la actualidad continúan llamándole por su anterior denominación de Axtla de Terrazas
6.- Cárdenas
Cárdenas         
7.- Nuestra Señora de la Purísima Concepción de los Álamos de Catorce
Catorce         
8.- Cedral 
Cedral      
9.- San Juan de los Cerritos
Cerritos       
10.- San Pedro del Potosí 
Cerro de San Pedro       
11.-Purísima Concepción del Valle Del Maíz. Ciudad del Maíz Gral. Magdaleno Cedillo.
 
Ciudad Del Maíz
En el año de 1932, por decreto se cambia el nombre a la cabecera y al municipio por el de Gral. Magdaleno Cedillo recobrando su actual nombre de Ciudad del Maíz por decreto en 1950.
12.- Dulce Nombre de Jesús Santa Elena
Ciudad Fernández         
13.-Tantocob Santiago de Los Valles
Ciudad Valles         
14.-Tansicab 
Coxcatlán        
15.-Real de la Natividad de Santa María de Las Charcas 
Charcas        
16.- Ébano 
Ébano      
17.- San Pedro de Guadalcázar 
Guadalcázar       
18.- San Diego Huehuetlán 
Huehuetlán       
19.- Lagunillas 
Lagunillas       
20.- Matehuala 
Matehuala       
21.- San Miguel de Mexquitic
Mexquitic de Carmona        
22.- San Jerónimo de Agua Hedionda Gral. José Esteban Moctezuma
Moctezuma       
23.- San Felipe de Jesús Los Gamotes 
Rayón       
24.- Santa Catarina de Rioverde
Rioverde       
25.- Salinas
Salinas       
26.- Tlaxicali de Tanhanentzem
San Antonio       
27.- Villa Pedro Montoya
San Ciro de Acosta        
28.- San Luis Minas del Potosí 
San Luis Potosí        
29.- San Martín Chalchicuautla 
San Martín Chalchicuautla       
30.- San Nicolás Tolentino 
San Nicolás Tolentino       
31.- San Vicente Tancuayalab
San Vicente Tancuayalab       
32.- Santa María Acapulco
Santa Catarina       
33.- Santa María del Río
Santa María del Río        
34.-Santo Domingo
Santo Domingo        
35.- Soledad de los Ranchos. Soledad de Gálvez Soledad Diez Gutiérrez.
Soledad de Graciano Sánchez       
36.- Tamasopo
Tamasopo        
37.-Tamazunchale
Tamazunchale       
38.- Tampacán
Tampacán       
39.-Tampamolón Corona
Tampamolón Corona         
40.-Villa de Guerrero
Tamuín       
41.-Tancahuítz de Santos
Tancahuítz de Santos       
42.-Tanlajá
Tanlajás        
43.-Tanquian de Escobedo 
Tanquian de Escobedo        
44.- San Nicolás de Tierra De Jofre
Tierra Nueva        
45.- Vanegas
Vanegas        
46.- Venado
Venado        
47.- Jagüey
El Jagüey de los Reyna 
Villa de Arista       
48.- Villa de Arriaga 
Villade Arriaga       
49.- Villa de Guadalupe
Villa de Guadalupe       
50.- Villa de La Paz
Villa de La Paz       
51.-Villa de Ramos
Villa de Ramos       
52.-Villa de Reyes
Villa de Reyes      
53.- San José de los Picachos Iturbide
Villa Hidalgo       
54.- Santa Gertrudis de Carbonera
Villa Juárez       
55.- Taziol Xilitla
Xilitla       
56.- Zaragoza
Zaragoza        
57.- Naranjo
Naranjo
Dicho municipio fue creado mediante decreto no. 225 publicado en el periódico oficial del estado de fecha 2 de diciembre de 1994.
58.- Matlapa
Matlapa
Dicho municipio fue creado mediante decreto no. 226 publicado en el periódico oficial del estado de fecha 2 de diciembre de 1994.

Los gobiernos municipales cuentan con sus respectivas áreas de despacho

ORGANIZACIÓN GENERAL DEL PODER EJECUTIVO

DESPACHO DEL GOBERNADOR

GABINETE LEGAL

Palacio de gobierno, sede del Poder Ejecutivo de San Luis Potosí

GABINETE AMPLIADO

Despacho del C. Gobernador

I.- Secretaría Particular
II.-  Dirección general del despacho del C. Gobernador
III.-Dirección general de comunicación social
IV.- Coordinación de asesores y secretario técnico del Gabinete
V.- Dirección de relaciones públicas
VI.- Dirección de enlace internacional
VII.- Coordinador de asuntos especiales zona huasteca

De la Secretaría General de Gobierno
I.- El secretario
II.- La subsecretaria de gobernación, integrada por:
     a) La Dirección de gobernación
     b) La Dirección de desarrollo político
     c) La Dirección de trabajo y previsión social

III.- La subsecretaria jurídica y de servicios, integrada por la dirección general de asuntos
      jurídicos, de la que a su vez  dependen:
      a) La Dirección jurídica
      b) La Dirección del periódico oficial del estado
      c) La Dirección del notariado
      d) La Dirección del registro público de la propiedad y de comercio
      e) La Dirección del registro civil
      f) El instituto de investigaciones jurídicas

IV.- La subsecretaria de prevención y readaptación social integrada por:
       La dirección de prevención y readaptación social, de la que a su vez dependen:
    a) Las direcciones de los centros de readaptación social de la capital, así como los regionales y,
    b) El consejo tutelar para menores infractores

V.- La coordinación general de la defensoría social integrada por:
   a) La defensoria de oficio
   b) La defensoria indígena
   c) La procuraduría de la defensa del trabajo

VI.- La Dirección general de protección social y vialidad integrada por:
   a) La dirección de estado mayor
   b) La dirección de operación
   c) La dirección de inspección general
   d) La dirección de la academia de policía

VII.- La dirección de informática y sistemas

VIII.- La coordinación general de apoyo administrativo

IX.- La contraloría interna

Secretaría de Finanzas

I.- Del secretario

II.- Direcciones Generales
 a) Ingreso
 b) Egresos

III.- Direcciones de área

 1.- Del secretario

 a) Informática y Sistemas
 b) Procuraduría Fiscal
 c) Dirección Aduanal
 d) Contraloría Interna
 e) Catastro
 f) Financiamiento, Deuda y Crédito Público

Complejo urbano donde se encuentra el palacio de gobierno

 2.- De la Dirección General de Ingresos:

 a) Recaudación y Política Fiscal
 b) Fiscalización
 c) Jurídica
 d) Instituto de Capacitación y Asesoría Fiscal del Estado

 3.- De la Dirección General de Egresos:

  a) Control Presupuestal
  b) Caja General
  c) Contabilidad Gubernamental
  d) Gasto Educativo

Secretaría de Planeación del Desarrollo
I.- Despacho del Secretario
II.- Direcciones Generales
  * De Planeación Estratégica
  * De Vinculación Social
  * De programación y presupuestación
III.- Direcciones de Área
 Del Secretario:
 * Dirección Administrativa
 * Contraloría Interna
 De la Dirección General de Planeación Estratégica
 * Planeación
 * Evaluación y Seguimiento
 De la Dirección General de Vinculación Social
 * Operación
 * Información y Sistematización de la Dirección General de Programación y Presupuestación
 * Política Presupuestal
 * Sistema Estatal de Información

Secretaría de Desarrollo Social y Regional
I.-  Del Secretario
II. Direcciones Generales
 a) Dirección general de desarrollo social
 b) Dirección general de operación y control
 c) Dirección general de desarrollo regional
III. Direcciones de Área
1. Del Secretario
 a) Dirección Administrativa
 b) Contraloría Interna
2. De la Dirección General de Desarrollo Social
  a) Dirección de Planeación
  b) Dirección de Informática y Sistemas
3. De la Dirección General de Operación y Control
    a) Dirección de Seguimiento y Control de Desarrollo Social
    b) Dirección de Seguimiento y Control de Desarrollo Regional
4. De la Dirección General de Desarrollo Regional
   a) Dirección de Programas Sociales y Regionales
   b) Dirección de Desarrollo Institucional Municipal

Secretaría de Desarrollo Urbano, Comunicaciones y Obras Publicas
I. Del Secretario
II. Direcciones Generales
 a) De Administración y Finanzas
 b) De Comunicaciones y Transportes
 c) De Supervisión y Obras
 d) De Desarrollo Urbano, Vivienda, Planeación y Proyectos
III. Direcciones de Área
1. Del secretario:
 a) Contraloría interna
 b) Dirección zona huasteca
 c) Dirección zona media
 d) Dirección zona altiplano
2. De la dirección general de administración y finanzas
 a) Dirección administrativa de comunicaciones transportes y vivienda
 b) Dirección administrativa de obras y servicios
 c) Subdirección de recursos humanos
3. De la dirección general de comunicaciones y transportes
 a) Dirección de comunicaciones
 b) Dirección de transportes
 c) Dirección de capacitación y evaluación
4. De la dirección general de supervisión y obras
 a) Dirección de construcción de obras
 b) Dirección de supervisión de obras
5. De la dirección general de desarrollo urbano, vivienda, planeación y proyectos
 a) Dirección de planeación y proyectos
 b) Dirección de desarrollo urbano
 c) Dirección de vivienda y promoción social

Secretaría de Desarrollo Económico
I. Secretario
II. Direcciones generales
 Desarrollo industrial
 Desarrollo minero  Comercio
 Enlace y gestión económica
 Planeación y política económica
III. Direcciones de área
 Fomento a la micro, pequeña y mediana empresa
 Comercio exterior
 Promoción y exploración minera
 Explotación y operación
 Modernización de comercio interior y servicios
 Abasto
 De regulación económica
 Gestión y asesoría
 Estudios y proyectos
 Análisis estadístico
 Dirección administrativa
 Contraloría interna

Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos
I. Del secretario
II. Direcciones generales
 a) De agricultura y ganadería
 b) De recursos hidráulicos
III. Direcciones de área
 a) Dirección de agricultura
 b) Dirección de ganadería
 c) Dirección de sanidad agropecuaria y forestal
 d) Dirección de infraestructura hidráulica
 e) Dirección de planeación
 f) Dirección administrativa
 g) Contraloría interna

Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental
I. Del secretario
II. Direcciones generales
 a) Dirección general de vinculación interinstitucional
 b) Dirección general de planeación ambiental
 c) Dirección general de educación y participación ciudadana
 d) Dirección general de gestión ambiental
III. Direcciones de área
 a) Dirección de normatividad
 b) Dirección de ordenamiento ecológico
 c) Dirección de estudios y proyectos
 d) Dirección de auditoria y supervisión
 e) Dirección de atención y participación ciudadana
  f) Dirección de educación y promoción ambiental
 g) Dirección de vida silvestre
 h) Dirección de ecología urbana
 i)  Dirección del centro de información y documentación ecológica.
 j)  Dirección administrativa
 k) Contraloría interna
IV. Delegaciones Regionales
 a) Delegación regional zona huasteca
 b) Delegación regional zona media
 c) Delegación regional altiplano
V. El consejo de asesores

Secretaría de Educación
I. Del secretario
II. Direcciones generales
 a)  De planeación y administración
  Dirección de planeación educativa y programación
  Dirección de análisis y evaluación
  Dirección administrativa
  De educación
  Dirección de educación básica
  Dirección de educación media superior y superior, de formación y actualización docentes
 b)  De educación del sistema estatal regular
  Dirección de evaluación y planeación del sistema estatal regular
  Dirección de servicios administrativos del sistema estatal regular
  Dirección de servicios educativos del sistema estatal regular
  Dirección de cultura y deporte del sistema estatal regular
 c)  Consejos:
  Estatal técnico de la educación
  Estatal de participación social
 d)  Coordinaciones:
  De contraloría interna
  De organismos descentralizados
  De comunicación social y relaciones publicas

Oficialía Mayor
I. El despacho del oficial mayor, de quien dependen de manera directa las direcciones generales y las áreas siguientes:
 a) Dirección de informática
 b) Dirección administrativa
 c) Contraloría interna
II. La dirección general de servicios administrativos, de la que a su vez dependen directamente  las siguientes direcciones de área:
a) Dirección de control patrimonial
 b) Dirección de servicios generales
 c) Dirección de archivo general del estado
III. La dirección general de recursos humanos, de la que a su vez dependen  directamente las siguientes direcciones de área:
 a) Dirección de capacitación, selección y valoración del personal
 b) Dirección de administración y recursos humanos
IV. Dirección general de adquisiciones, de  la que dependen a su vez directamente las siguientes Direcciones de área:
 a) Dirección de compras y adjudicaciones
 b) Dirección jurídico- administrativa

Contraloría General del Estado
I. El contralor general del estado
II. La dirección general de control, integrada por:
 a) Dirección de auditoria gubernamental
 b) Dirección de fiscalización de obra
III. La dirección general de normatividad integrada por:
 a) Dirección jurídica
 b) Dirección de responsabilidades e inconformidades
 c) Dirección de registro y auditoria patrimonial
IV. La dirección general de evaluación y vinculación ciudadana, integrada por:
 a) Dirección de contraloría social
 b) Dirección de control de gestión
 c) Dirección de evaluación gubernamental
V. La unidad de coordinación de contralorías internas y comisarías
VI. Las comisarías

ORGANIZACIÓN GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO

El ejercicio del poder legislativo se deposita en una asamblea de diputados, la cual se renovara totalmente cada tres años.

El Congreso del Estado se integra con quince  diputados electos por mayoría relativa y hasta doce diputados electos según el principio de representación proporcional. Por cada diputado propietario sé eligira un suplente.

El Congreso del Estado a efecto de iniciar su actividad Legislativa en los periodos ordinarios y extra ordinarios de sesiones procederá a elegir la mesa directiva.

Sus integrantes serán:

I.-    Un presidente
II.-   Dos vicepresidentes
III.-  Dos secretarios
IV.-  Dos prosecretarios
El Congreso del Estado se integrará con tantas comisiones como requiera el cumplimiento de sus funciones legislativas y podrán ser:
I.-   Permanentes
II.-  Temporales
III.- Protocolo y Cortesía
IV.- Especiales
Comisiones permanentes: son la Gran Comisión, de dictamen Legislativo, la de Gestoría y Quejas, el Consejo Estatal Electoral y la del Instituto de Investigación Legislativas.

Comisiones Temporales: son las de Investigación y las Jurisdiccionales.

Comisiones de Protocolo y Cortesía: son designadas por los Presidentes del Congreso para Fungir en las Sesiones Solemnes.

Comisiones Especiales: son las que por acuerdo del Congreso se Constituyen como órgano transitorio para conocer exclusivamente del asunto o negocio para el que fueron creadas.

Las comisiones permanentes serán constituidas durante la primera semana del primer periodo de sesiones al inicio de la legislatura y funcionaran durante el periodo de la misma.

Las comisiones permanentes y especiales estarán integrados con un mínimo de tres diputados ningún diputado podrá formar parte de mas de cinco comisiones permanentes y estas se integran con un presidente, un vicepresidente, un secretario y vocales.

En el orden en que sean nombrados ocuparan su puesto, de acuerdo ala disposición de prelación indicada.

ORGANIZACIÓN GENERAL DEL PODER JUDICIAL

El Supremo Tribunal de Justicia se integra con 13 magistrados numerarios, el gobernador propondrá al Congreso al triple de personas respecto al número de cargos por cubrir dentro de las cuales la Legislatura dará los nombramientos respectivos en el término de diez días; y en el caso de que, vencido ese plazo aún no se haya hecho la designación, el titular del Ejecutivo procederá a hacer el nombramiento de entre las propuestas.

En caso de que el Congreso rechace la propuesta, el gobernador del estado presentará una nueva en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda propuesta fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de la misma, designe el gobernador del estado.

Los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia durarán en su cargo seis años, pudiendo ser ratificados y, si lo fueren, solo podrán ser privados de sus puestos en los términos establecidos en la Constitución del Estado de S.L.P. y en las leyes respectivas.

En la misma forma que los magistrados numerarios serán nombrados los magistrados supernumerarios pudiendo elegirse también dentro de la lista de las propuestas como numerarios, los magistrados supernumerarios tendrán las funciones que les asigne la ley y sustituirá en el orden en que hayan sido nombrados por el Congreso del Estado, a aquellos en sus faltas temporales y provisionales, en las absolutas, en ese último caso los supernumerarios permanecerán en el desempeño del cargo hasta que tome posesión el Magistrado Numerario nombrado para cubrir la vacante.

Sólo los supernumerarios que ejerzan como numerarios formarán parte del pleno del Supremo Tribunal de Justicia, éste podrá llamar a los supernumerarios que requiera y asignarles sus funciones.

Los nombramientos de los magistrados supernumerarios serán por seis años y podrán ser designados, por una sola vez, para un periodo igual sin perjuicio de que sean propuestas por el Ejecutivo para ser nombrados numerarios.

El Supremo Tribunal de Justicia funcionará en pleno y cuatro salas. El pleno estará integrado por los magistrados adscritos a las diversas salas y por el presidente del mismo, para que sesione se requiere la asistencia de la mayoría de sus integrantes y sus resoluciones o determinaciones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos de los magistrados presentes, teniendo el presidente voto de calidad en caso de empate.

El Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, será el magistrado que se elija, en la sesión de pleno extraordinario que al efecto se realice, durarán en su encargo un año pudiendo ser reelectos hasta por una sola vez y no formará parte de las salas.

En el Supremo Tribunal de Justicia, habrá un secretario general y un subsecretario y el personal autorizado por el presupuesto.

El Supremo Tribunal de Justicia contará con cuatro salas colegialas. La primera y la segunda conocerán de los asuntos civiles y de los demás que expresamente le faculte la ley.

Cada sala elegirá un presidente que dura un año en su cargo pudiendo ser reelecto hasta por una sola vez.

Así mismo cada sala estará integrada por tres magistrados, un secretario de acuerdos y un subsecretario; los secretarios de estudio y cuenta y actuarios que se estimen necesarios y demás personal que determine el pleno, los que nombrara la sala en términos de la Ley.

REGIONALIZACIÓN POLÍTICA

A) El Estado de San Luis Potosí cuenta con XV Distritos locales divididos de la siguiente manera:

 Distrito 01 integrado por los municipios de: Cedral, Catorce, Vanegas, Villa de la Paz, Villa de Guadalupe con cabecera municipal en Matehuala.

 Distrito 02 integrado por los municipios de: Guadalcázar, Villa de Arista, Villa Hidalgo, Villa Juárez, Armadillo de los Infante, San Nicolás Tolentino, Villa de Zaragoza con cabecera en Cerritos.

 Distrito 03 integrado por los municipios de: Tierra Nueva, Villa de Reyes, Villa de Arriaga, Mexquitic de Carmona con cabecera en Santa María del Río.

 Distrito 04 integrado por los municipios de: Villa de Ramos, Santo Domingo, Charcas, Venado, Moctezuma, Ahualulco con cabecera en Salinas.

 Distrito 05 con cabecera en la capital de San Luis Potosí.

 Distrito 06 con cabecera en la capital de San Luis Potosí.

 Distrito 07 con cabecera en la capital de San Luis Potosí.

 Distrito 08 con cabecera en la capital de San Luis Potosí.

 Distrito 09 integrado por los municipios de: Cerro de San Pedro con cabecera en Soledad de Graciano Sánchez.

 Distrito 10 integrado por los municipios de: Ciudad Fernández, San Ciro de Acosta, Lagunillas con cabecera en Rioverde.

 Distrito 11 integrado por los municipios de: Rayón, Alaquines, Ciudad del Maíz, Tamasopo, Santa Catarina, El Naranjo con cabecera en Cárdenas.

 Distrito 12 integrado por los municipios de: Tanlajás con cabecera en Ciudad Valles.

 Distrito 13 integrado por los municipios: Ebano, San Vicente Tancuayalab, Tanquián de Escobedo, Tampamolón Corona, San Antonio, Coxcatlán con cabecera en Tamuín.

 Distrito 14 integrado por los municipios de. Aquismón, Huehuetlán, Xilitla, Axtla de Terrazas con cabecera en Tancanhuitz de Santos.

 Distrito 15 integrado por los municipios de: Tampacán, San Martín Chalchicuautla, Matlapa con cabecera en Tamazunchale.

B) Asimismo cuenta con VII Distritos Federales que comprenden:

 Distrito 01 integrado por los municipios de: Real de Catorce, Cedral, Charcas, Guadalcázar, Salinas, Santo Domingo, Vanegas, Venado, Villa de Arista, Villa de Guadalupe, Villa de la Paz, Villa de Ramos, Moctezuma con Cabecera Municipal en Matehuala.

 Distrito 02 integrado por los municipios de: Ahualulco, Armadillo de los Infante, Cerro de San Pedro, Mexquitic de Carmona, Santa María del Río, Tierra Nueva, Villa de Arriaga, Villa Hidalgo, Villa de Reyes, Zaragoza con Cabecera Municipal en Soledad de Graciano Sánchez

 Distrito 03 integrado por los municipios de: Alaquines, Cárdenas, Cerritos, Ciudad del Maíz, Ciudad Fernández, Lagunillas, Rayón, San Ciro de Acosta, San Nicolás Tolentino, Santa Catarina, Tamasopo, Villa Juárez con Cabecera en Rioverde

 Distrito 04 integrado por los municipios de: Ebano, San Antonio, San Vicente Tancuayalab, Tampamolón Corona, Tamuín, Tanlajás, Tanquián de Escobedo, El Naranjo con Cabecera en Ciudad Valles

Distrito 05 con Cabecera en San Luis Potosí

Distrito 06 con Cabecera en San Luis Potosí

 Distrito 07 integrado por los municipios de: Aquismón, Tancanhuitz de Santos, Coxcatlán, Huehuetlán, San Martín Chalchicuautla, Tampacán, Axtla de Terrazas, Xilitla, Matlapa con Cabecera en Tamazunchale.

PERÍODOS CONSTITUCIONALES

Las elecciones ordinarias se verifican el primer domingo de julio de cada seis años para gobernador; y el mismo día de cada tres años para diputados, ayuntamientos delegados municipales, del año correspondiente según se trate.

Informe del gobernador- segunda quincena de septiembre de cada año.

Informe del congreso- ultimo día de septiembre de cada año de ejercicio.

Informe del presidente municipal- segunda quincena del mes de septiembre de cada año

Cabe destacar que en las últimas elecciones para Gobernador, fueron el primer domingo del mes de julio del año de 1997.  Derivando con ello que las próximas elecciones para Gobernador  y Diputados se efectúen el primer domingo del mes de julio del año del 2003 y para  Ayuntamientos y Delegados Municipales, el tercer domingo del mes de Octubre del año 2003, esto al entrar en vigor la nueva legislación.

BREVE HISTORIA MAS SOBRESALIENTE DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ

En la Nueva España el territorio potosino formaba parte de las audiencias de nueva Galicia y de México. En 1787 la nueva España fue dividida en 12 Intendencias siendo una de ellas la de San Luis Potosí a la que pertenecían las provincias de Texas y Coahuila, el Nuevo Reino de León y el de Santander, y los pueblos de la antigua alcaldía mayor.

La primera constitución política se publicó y juró el 16 de octubre de 1828. Ildefonso Díaz de León fue el primer gobernador constitucional de la entidad, quien se hizo cargo del gobierno el 25 de marzo del 1827.

Dentro de las reformas que ha sufrido la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí: destaca la ultima, publicada el 20 de noviembre de 1996. la cual establece.

- Reformas sociales para la mejor protección de los derechos humanos, de las etnias y de los grupos sociales en desventaja.

- Reformas pera una estricta sujeción de la autoridad al escrutinio de los ciudadanos y al imperio de la ley.

- Reforma política para una mejor democracia la igualdad de oportunidades entre el varón y la mujer para su cabal incorporación a la vida publica y una mas activa participación popular en las decisiones comunes y de gobierno.

- Reformas para acotar el poder ejecutivo del estado en el marco de un mejor equilibrio de poderes;

- Reformas para una más digna, más pronta, expedita, oportuna, imparcial y completa impartición de la justicia.
 

BREVE HISTORIA Y REFORMAS MÁS SOBRESALIENTES DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL

La reforma  del articulo 115 constitucional viene a ser paso decisivo en el proceso  de modernización y descentralización  de la administración publica  de México, con ellos se fortalecen a los estados y municipios del país.

La penúltima reforma  a la ley orgánica  del municipio libre  emitida en decreto nº 792 es una de las importantes sufrida a dicho ordenamiento toda vez que en la misma  sobresale la nueva clasificación de los 58 municipios del estado, la disposición relativa  a la organización política y territorial de los municipios, así como la definición de que para efectos de su organización política estos se dividirán en cabeceras, delegaciones y comunidades, se actualizan los requisitos exigibles para hacer miembro del ayuntamiento y se incluye el cambio de fechas de instalación solemne de los ayuntamientos. Así mismo en lo referente ala creación de municipios, suspensión y desaparición  de ayuntamientos, se ordena  estar a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado.

Se adiciona  como atribución  de los ayuntamientos  lo referente ala asistencia social, al reglamentar  lo relativo al funcionamiento y apoyo al sistema municipal para el desarrollo integral  de la familia. Se incluyen las nuevas figuras de la Oficialía Mayor a la Contraloría Interna que se establece en razón de la población especifica de cada municipio.

Así mismo, las comisiones de los ayuntamientos se establecen en correlación con lo dispuesto en el ordenamiento constitucional del Estado, se dispone la organización de la participación ciudadana en provecho  de las acciones del gobierno municipal y de la comunidad en cuanto a los delegados municipales se define su figura en congruencia con lo dispuesto por la constitución política del estado y la nueva ley electoral estatal;  y se crea la figura de los organismos auxiliares coadyuvantes  de la administración municipal.

Se precisa lo relativo al patrimonio y a la hacienda publica municipal; se destaca lo relativo a los bandos de policía y buen gobierno, reglamentos, circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general, disponiéndose la obligación para efectos de su validez, de estar certificados por el secretario del ayuntamiento y promulgadas por el presidente municipal, quien los remitirá  para su publicación  al periódico oficial del estado.

La Quincuagésima Sexta Legislatura Local con fecha de 28 de Agosto de 2002 emiteel Decreto 376 en el que establece que la instalación de los Ayuntamientos será el Primero de Enero del año siguiente de su elección la cual será el tercer domingo de Octubre del año correspondiente.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
 

CRONOLOGÍA DE LOS GOBERNADORES DE LA ENTIDAD

Gobernadores Constitucionales
 
Nombre
Profesión 
Período de Gobierno 
Carlos Díez Gutiérrez
Abogado 
1897-1898 
Blas Escontría Bustamante 
Ingeniero 
1898-1902 
Blas Escontría Bustamante 
Ingeniero 
1902-1905 
José María Espinosa y Cuevas 
Ingeniero 
1908-1910 
José María Espinosa y Cuevas 
Ingeniero
1910-1911 
Rafael Cepeda 
Doctor 
1911-1913 
Juan Barragán Rodríguez 
General 
1917-1919 
Severino Martínez Gómez 
Ingeniero 
1919-1920 
Rafael   Nieto Compéan 
Ciudadano 
1920-1923 
Aurelio Manrique De Lara 
Profesor 
1923-1925 
Saturnino Cedillo Grimaldo 
Militar 
1927-1931 
Ildefonso   Turrubiartes 
Militar 
1931-1935 
Mateo Fernández Netro 
Militar 
1935-1938 
Reynaldo Pérez Gallardo 
Militar 
1939-1941 
Gonzalo Natividad Santos Rivera 
Militar 
1943-1949 
Ismael Salas Penieres 
Militar 
1949-1955 
Manuel   Álvarez 
Militar 
1955-1958 
Manuel López Dávila 
Ciudadano 
1961-1967 
Antonio Rocha Cordero 
Abogado 
1967-1973 
Guillermo Fonseca Álvarez 
Abogado 
1973-1979 
Carlos Jonguitud Barrios 
Profesor y Licenciado 
1979-1985 
Florencio Salazar Martínez 
Abogado 
1985-1987 
Fausto Zapata Loredo 
Abogado 
1991-1991 
Horacio Sánchez   Unzueta 
Abogado 
1993-1997 
Fernando Silva Nieto  Abogado  1997-2003 
Marcelo de los Santos Fraga
Contador Público
2003 -2009

Gobernadores Interinos
 
Nombre
Profesión
Período de 
Gobierno 
Juan Flores Ayala 
Abogado 
1897-1897 
José María Aguirre y Fierro 
Abogado 
1906-1906 
Arnulfo Pedroza 
Abogado 
1911-1911 
Arnulfo Pedroza 
Abogado
1911-1911 
José Encarnación Ipiña 
Lic. en Idiomas 
1911-1911 
Antonio F. Alonso 
Doctor 
1912-1912 
Cayetano García 
Profesor 
1912-1912 
Francisco Romero 
Militar 
1912-1912 
Eulalio Gutiérrez Ortiz 
Militar 
1913-1914 
José Refugio Velazco 
Militar 
1914-1914 
Pablo González Militar 
Militar 
1914-1914 
Ricardo Muñoz 
Abogado 
1914-1914 
Herminio Álvarez 
Militar 
1914-1915 
Herminio Álvarez 
Militar 
1914-1915 
Adolfo Flores 
Ciudadano 
1915-1915 
Emiliano G. Sarabia y M. 
Militar 
1915-1915 
Gabriel Garavia Castro 
Militar 
1915-1915 
José Carlos Kaperowitz 
Militar 
1915-1915 
Vicente Dávila Aguirre 
Militar 
1915-1916 
Federico Chapoy 
Militar 
1916-1917 
Nicasio Sánchez Salazar 
Ciudadano 
1916-1918 
Antonio Vives 
Ciudadano 
1917-1917 
Rafael Castillo Vega 
Ciudadano 
1917-1917 
Severino Martínez Gómez 
Ingeniero 
1918-1919 
Manuel I. Vildósola 
Abogado 
1919-1919 
Mariano Flores 
Militar 
1919-1919 
Rafael Segura 
Ciudadano 
1919-1919 
José Santos Alonso 
Abogado 
1920-1920 
Pedro Moctezuma 
Ciudadano 
1920-1920 
Pedro Moctezuma 
Ciudadano 
1920-1920 
Rafael Curiel 
Ciudadano 
1920-1920 
Pedro Martínez Noriega 
Ciudadano 
1920-1921 
Ángel Silva 
Profesor 
1921-1921 
Gabriel Martínez 
Profesor 
1921-1921 
Gonzalo Natividad Santos Rivera 
Militar 
1921-1921 
José Fraga 
Ciudadano 
1921-1921 
José Santos Alonso 
Abogado 
1921-1921 
José Santos Alonso 
Abogado 
1921-1921 
Gabriel Macías 
Ciudadano 
1921-1922 
Alfredo E. Garza 
Ciudadano 
1922-1922 
Ángel Silva 
Profesor 
1922-1922 
Manuel Rodríguez 
Abogado 
1922-1922 
Pío Mendoza 
Ciudadano 
1922-1922 
Santiago Rincón Gallardo 
Ciudadano 
1922-1922 
Gabriel Macías 
Ciudadano 
1923-1923 
Jorge Prieto Laurents 
Abogado 
1923-1923 
Lorenzo Nieto Pro 
Abogado 
1923-1923 
Graciano Sánchez Romo 
Profesor 
1924-1924 
Hilario Hermosillo 
Abogado 
1924-1924 
Octaviano Rangel 
Ciudadano 
1924-1924 
Ricardo Aldape 
Ciudadano 
1924-1925 
Hilario Hermosillo 
Abogado 
1925-1925 
Rafael Chávez 
Ciudadano 
1925-1925 
Rutiló Alamilla 
Ciudadano 
1926-1926 
Marcelino Zúñiga 
Ciudadano 
1927-1927 
Timoteo B. Guerrero 
Ciudadano 
1927-1927 
Eugenio Jiménez 
Ciudadano 
1928-1928 
Timoteo B. Guerrero 
Ciudadano 
1928-1928 
Eugenio Jiménez 
Ciudadano 
1929-1929 
Vicente Segura 
Ciudadano 
1929-1929 
Eugenio Jiménez 
Ciudadano 
1930-1930 
Eugenio Jiménez 
Ciudadano 
1930-1930 
Baldomero Zapata 
Ciudadano 
1931-1931 
Ignacio Cuellar 
Ciudadano 
1931-1931 
Ignacio Cuellar 
Ciudadano 
1931-1931 
Ignacio Cuellar 
Ciudadano 
1931-1931 
Luis M. Lárraga 
Ciudadano 
1931-1931 
Aureliano G. Anaya 
Ciudadano 
1934-1934 
Benigno Sandoval 
Ciudadano 
1934-1934 
Rubén Solís 
Ciudadano 
1935-1935 
Arturo Leija 
Ciudadano 
1937-1937 
José Pilar García 
Ciudadano 
1938-1938 
Miguel Álvarez Acosta 
Abogado
1938-1938 
Benito C. Flores 
Ciudadano 
1940-1940 
Celedonio E. Terrazas 
Ciudadano 
1940-1940 
David González 
Ciudadano 
1940-1940 
Luis Aguilera 
Ciudadano 
1940-1940 
Rafael Santos Lazcano 
Militar 
1940-1940 
Felipe Cardiel Reyes 
Abogado 
1941-1941 
Hilario Hermosillo 
Abogado 
1941-1941 
José Ma. Escobedo 
Ciudadano 
1941-1941 
Agustín Olivo Monsiváis 
Abogado 
1958-1959 
Gonzalo Toribio Martínez Corbalá 
Ingeniero 
1991-1992 
Teófilo Torres Corzo 
Abogado 
1992-1993 

Gobernadores Substitutos
 
Nombre
Profesión
Período de 
Gobierno
Juan Flores Ayala 
Abogado 
1897-1897 
Blas Escontría Bustamante 
Ingeniero 
1898-1898 
Joaquín Arguinzoniz 
Ingeniero 
1900-1900 
José María Espinosa y Cuevas 
Ingeniero 
1906-1906 
Francisco A. Noyola 
Abogado 
1909-1909 
Rafael Cepeda 
Doctor 
1911-1911 
Agustín García Hernández 
Militar 
1913-1913 
Arturo A. Amaya 
Abogado 
1914-1914 
Camilo Lozano 
Ciudadano 
1914-1914 
Mariano Palau 
Abogado 
1914-1914 
Francisco Martínez De La Vega 
Periodista
1959-1961 


Enciclopedia de los Municipios de México

Estado de San Luis Potosí

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Gobierno del Estado de San Luis Potosí.